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Criterios de responsabilidad para Indemnización en accidentes de tránsito

Criterios de responsabilidad para Indemnización en accidentes de tránsito

Un accidente de tránsito genera diversas clases de responsabilidades para los sujetos intervinientes en el mismo, y sobre estas nacen deberes y derechos como el deber de indemnizar y el derecho a ser indemnizado.

Sin embargo, uno de los criterios para la acreditación de la responsabilidad del individuo a quien se pretende atribuir el deber de indemnizar a la víctima, se tiene como criterio jurídico la determinación de una “relación de causalidad adecuada” entre el hecho y el daño producido. (Artic. N° 1985 CCP)

Sin embargo, podemos apreciar que la relación de causalidad “adecuada” va más allá de la relación de causalidad simple y llega a puntos de análisis similares a la imputación objetiva que se usa en el derecho penal.

Esto implica que, aunque un individuo haya participado materialmente en un accidente como causante del mismo, podría no ser considerado el responsable final tras un análisis basado en la “relación de causalidad adecuada”. Esto se debe a que, aunque su acción haya producido el resultado, no se le atribuirá responsabilidad si no cumple con los criterios que trascienden la mera “causalidad” y se adentran en la “causalidad adecuada”, como, por ejemplo:

  • Atribución normativa del daño
  • Creación del riesgo
  • Vinculación de los hechos con responsabilidad jurídica

Por consiguiente, no basta meramente haber producido el resultado, sino que debe de existir una relación causal “adecuada” para poder atribuir la obligación de indemnizar a la víctima.

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